Concejo Municipal instancia para Escuchar

El concejo Municipal dentro de sus atribuciones tiene dos instancias muy importantes para hacer valer su representación ciudadana dentro del contexto del Gobiernom Municipal. Uno de ellos es la aprobación del Presupuesto Municipal y la otra es la Aprobación de los Planos Reguladores. Por lo que parece muy razonable el solicitar a esta instancia la consideraciñon de nuestras observaciones y solcitudes respecto del tema en cuestión. El Alcalde y la Dirección de Obras presentan al concejo una propuesta de Modificación al Plan Regulador y en ese instancia también presentan las observaciones recibidas por parte de la Comunidad a través del proceso establecido y hacen un recomendación la que es sometida a votación. Nos encontramos en las vísperas de esas instancias y hemos realizado una presentación formal al Concejo.

En el día de Ayer 1º de Abril hemos presentado mediante un ingreso a través de la oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Chiguayante una carta dirigida a todos los Sres.Concejales con el objeto de que se informen de primera fuente de las comunicaciones formales entre nuestro Comité , la Alcaldía y la Dirección de Obras vinculadas al proceso de Modificación del Plan Regulador Comunal. De esta forma buscamos hacer de nuestras gestiones los más accesibles posible a los entes que finalmente tienen la responsabilidad final de aprobar vía votación las nuevas condiciones normativas del instrumento regulador territorial. Adjuntamos aquí el texto completo de la presentación.

Chiguayante 1 de Abril de 2009

Sres Concejo Municipal Ilustre Municipalidad de Chiguayante
Presente
Att:

Sr. José Antonio Rivas Villalobos
Sr. José Eduardo Vilches Vilches
Sr. Juan Eduardo Quilodrán Rojas
Sr.Luis Antonio Bravo Rodriguez
Sr. Ricardo Fredy Jelves Catron
Sr.Jaime Jorge Peña Vasquez

Estimados Sres.

Por intermedio de la presente  comparto con ustedes carta  ingresada por oficina de partes con fecha 20 de febrero dirigida a los Sres. Marco Muñoz C y Sr.. Héctor Rodriguez O, Arquitectos DOM, y en versión resumida a la Alcaldía y que se referencia en nuestra última comunicación oficial dirigida al Sr. Alcalde Tomás Solís de Fecha 23 de Marzo y que también se copió al concejo .Esto  en el  marco de las observaciones a la Modificaciones del Plan Regulador Comunal en actual proceso. Nuestro propósito es generar una base de diálogo técnico-político  entre las partes además de  participar informada y  activamente de este proceso. Por esto nos parece crucial que los Sres. Concejales se informen de primera fuente de nuestros requerimientos y de nuestra absoluta voluntad de compromiso con el proceso.

En este contexto  solicitamos consecuentemente una reunión con la comisión de Urbanismo y Tránsito para exponer nuestros puntos de vistas y fundamentos  relativos a nuestras preocupaciones y demandas, en lo particular la solicitud de incorporar dentro del proceso de Modificación al Referido Instrumento de Planificación Territorial la restitución del uso de Suelo Original para la franja que enfrenta la ruta O-60 considerando sólo viviendas unifamiliares, tal como fue el origen de este tradicional Barrio.

Les informamos además que nuestra comunidad ha generado su propia red de información  digital a través del Blog http://www.lonco.org , permitiendo así compartir colectivamente todas las acciones e informaciones públicas que este comite  lleva adelante. les invitamos a conocerlo y participar

Sin otro particular e despide atte de uds.

Comité de Vecinos Lonco
Andrés Durán Astorga
Presidente

Chiguayante 19 de Febrero de 2009

Sres.
Marco Muñoz Castro
Arquitecto Director de Obras
Héctor Rodríguez Ortega
Arquitecto Asesor Urbanista
Presente

De nuestra consideración:

En el contexto de la exposición al público del Proyecto de Modificación para el Plan Regulador Comunal de Chiguayante iniciado entre el 04-02-2009 hasta el 05-03-2009 , es que realizamos a través de éste documento la solicitud formal por incluir dentro del proceso la siguiente  modificación de la referencia.

1-    Normativa Vigente Plan Regulador Comunal

Edificación Vivienda Colectiva en Altura

Al ingreso de nuestra primera comunicación formal como Comité de Administración Lonco hacia  la Dirección de Obras Municipales no existía  permiso de Edificación para ningún edificio en la Faja paralela a la ruta 0-60, sin embargo se habían iniciado las faenas de demolición de 2 viviendas en la calle 1 Poniente. Solicitamos a vuestra Dirección en esa oportunidad estar disponibles para dialogar y generar un soporte técnico para buscar fórmulas de regulación para un área que la Comunidad de Lonco ha intentado resguardar en su proporción y diseño original de barrio de baja densidad.

Siendo ésta una modificación-herencia del Plan Regulador de Concepción que norma esa franja ,las gestiones de anteriores Juntas de Vecinos lograron eliminar los edificios al interior del Valle y  están ampliamente documentadas en su esfuerzo por intentar recomponer la condición original , cual es eliminar la edificación de vivienda colectiva en altura del sector en cuestión.

Posterior a esa comunicación nos informamos de la aprobación de un proyecto de construcción para esa zona, a lo que replicamos con una carta argumentado técnicamente nuestra preocupación y solicitando al Director de Obras el congelamiento de los futuros permisos para esa zona especifica con el propósito de buscar un consenso en la regulación futura. Solicitud que no fue acogida.

En la actualidad se encuentra en construcción un edificio de Vivienda Colectiva en Altura (VCA – VECA )  que se encontraría  amparado en la norma vigente del Plan Regulador Comunal para el área en cuestión. Esto es toda la faja que enfrenta a la ruta 0-60 de Chiguayante.

En vuestra contestación por oficio Nº 494  de fecha 1º de Octubre de 2.008 a nuestra carta solicitud de fecha 09-06-2.008 y 22-07-2.008 se nos responde como argumentación de fondo una defensa a la normativa vigente como modelo  espacial y de ciudad para la zona. Situación que por defecto es subjetiva y a la que los habitantes reales están expuestos e intentan a través de este medio, el explicar su no correspondencia ni aspiración. No es el punto de discusión el enfocarnos en aspectos como los distanciamientos mínimos o las alturas máximas.  Estamos en una fase  más esencial cual es solicitar a la Ilustre Municipalidad escuche los argumentos comunitarios para recomponer una situación que fue impuesta arbitrariamente en su momento.

Nos interesa sostener una cierta calidad de vida , una cierta condición del entorno que ha demostrado en su plusvalía ser un aporte a la comunidad que la habita.

Nuestro argumento se basa en que la normativa vigente en lo relativo a la construcción en altura  ha sido por mucho tiempo una condición no deseada ni impulsada por una comunidad que se encuentra debidamente consolidada. Y que hemos solicitado por los canales formales a quienes tienen la responsabilidad del servicio público de escuchar a los vecinos y en este caso restaurar aquello que ha sido en el origen la identidad del Barrio.

La situación a la que nos enfrentamos es una conversación entre los habitantes y vecinos de un barrio demandando a su Municipio el ser considerados a la hora de definir su entorno.   Por lo que nos parece que es del todo razonable que la aspiración de los actuales vecinos sea en definitiva el motor para la definición de una transformación tan importante.

Transcurridos desde la fecha de vuestra respuesta hasta el día de hoy aprox 4  meses y según vuestro argumento, de estar en el inicio del proceso para realizar modificaciones al actual Plan Regulador es que aprovechando esta instancia de presentación pública y observando que no se han acogido las solicitudes y no hay alternativa propuesta para abordar en forma conjunta,  es que en el contexto de esta fase pública de tramitación del Proyecto de  Modificación del PRC solicitamos por tercera vez el requerimiento de la comunidad por limitar la construcción de edificos colectivos en altura para toda la faja que enfrenta el valle de Lonco entre calle 1 poniente por el Sur y el sector Oriente de  Punta del Este.  Esta solicitud  ha sido realizada en audiencia con el Sr. Alcalde y será  remitida a todos los Sres. Concejales en virtud de las responsabilidad que les cabe. Por lo mismo reiteramos nuestros argumentos de la misiva original para generar redundancia a nuestra solicitud a quienes se informan por primera vez de esta instancia.

Argumentación

Al analizar el Plano Regulador que grafica la normativa para la Comuna de Chiguayante es observable que el futuro crecimiento inmobiliario se dará paralelo a las obras de inversión e infraestructura y conectividad relacionados con la Avda. Costanera que se  ve contínua  hasta el sector Schaub  ,es decir,  ese nuevo suelo viene acompañado de obras de conectividad importantes que garantizan su buen desarrollo. Por otro lado actualmente la gestión inmobilaria en su búsqueda nuevos nichos de suelo , viendo que se agotan en extensión, es que presionan a suelos consolidados como podría ser el Barrio de Lonco, no considerando en la regulación actual ninguna medida de mitigación o de inversión de infraestructura ,a cuenta del inmobiliario, asociada al impacto del cambio de densidad que el negocio propone, esto es, aumentar en casi 4 veces la densidad actual . Esto es contraproducente ya que atenta contra un espacio debidamente conformado y que tiene una infraestructura básica de vías principales,secundarias y áreas verdes,pero de baja densidad.

Bajo una mirada de sentido común vemos que las condiciones exigidas para el uso de vivienda colectiva en altura sobre toda el área comprendida en la zona de Lonco que enfrenta la ruta 0-60 son mínimas e insuficientes y regulan sólo una disposición espacial  volumétrica y no velan por la resolución final urbanistica, estas normas  se reducen básicamente  a:

•    Superficie predial mínima de 1.000 m2 , equivalentes a 2 sitios aproximadamente .

•    Altura máxima de 16 mts de altura medidos desde el suelo natural

•    Densidad para VECA-VCA entre 384 hab/há y 480 hab/há

Bajo estas variable, el modelo de ciudad que pudiera configurarse  , si se aplicara como regulación para toda esa faja, sería claramente a nuestro juicio, de un impacto tal que toda la zona posterior o segunda línea perderán condiciones de habitabilidad  y valor, las  que han persistido y consolidado tras 40 años y que son por lo demás, las que justifican el alto interés inmobiliario del Area. Es decir, los vecinos, quienes han generado el  valor ambiental del sector se ven ahora amenazados por quienes ven en ésta calidad, una oportunidad para el desarrollo de sus proyectos particulares. No estamos en contra del emprendimiento privado, si no que éste debe estar en equilibrio y no en desmedro de la habitabilidad de otros .

Por otro lado es claro que este Barrio fue diseñado el año 1968  bajo un criterio de ser un suburbio de baja densidad para viviendas unifamiliares y con una infraestructura muy básica de calles de anchos mínimos ( 6 metros ) y que en la actualidad con el crecimiento de parque automotriz ya se han visto invadidas por los vehículos de los actuales propietarios.

El cono de sombra sobre la calle y las viviendas existentes será tal que se verán  afectados el asoleamiento y luminosidad básica para una zona con clara  orientación poniente, ya que a su espalda toda esa zona tiene un área verde pública conformada básicamente por el pie de cerro indicada en el plano original de loteo.

Asociado a esto no debemos olvidar los actuales proyectos ,aún en desarrollo como Lonco Parque , han considerado MacroLotes para edificación en Altura pero con Superficies superiores a los 3.000 m2 y con infraestructura coherente al uso propuesto.

Sin embargo por las condiciones de mercado y la regulación mínima la presión inmobiliaria se ha iniciado incluso sobre los vecinos que no tienen interés de vender y que son mal informados por agentes intermediarios indicando que “ahora es el momento de vender..ya que luego el valor se  verá disminuido por el efecto densidad…” , esto ha generado inquietud y molestia en los vecinos, lo que nos obliga a persistir ante la DOM para iniciar este proceso de regulación y consenso.

Por lo tanto solicitamos a ustedes darse por informado de nuestra demanda , la que ahora es solicitada dentro de los aspectos a ser considerados e incluídos  en la actual modificación al Plan Regulador de Chiguayante en curso, que afecta actualmente al área y que expresa la aspiración de la comunidad relacionada y que a buscado por los canales formales el recomponer la escala y densidad original de este barrio tradicional, no aceptando los edificios para vivienda colectiva en altura para toda  esta franja.

Eliminando de la Glosa para la zona Residencial ZU2-A : La vivienda colectiva en altura (VCA  y VECA), se permitirá sólo en predios que enfrenten la ruta 0-60 de Chiguayante ( en la zona frente al valle de Lonco)

Sin otro particular se despiden atte

Andrés Durán Astorga                                         Eduardo López
Presidente C.A. Lonco                                        Tesorero

02. April 2009 by admin
Categories: Participación Ciudadana | Tags: | 2 comments

Comments (2)

  1. La presentación hecha anteIM de Chiguayante es sólida, da una justificación que es lógica, ética, justa y transparente de las razones porqué se viene defendiendo la condición de vida, duramente ganada, en nuestra comunidad.

  2. Estimado José Luis
    Agradecemos el Feedback, es importante ya que optimiza nuestra acción al tener más opinión y juicios sobre nuestro actuar. Nuestro esfuerzo sólo está motivado por la urgente convicción de que sólo el compromiso de cada uno de nosotros nos permitira navegar estos nuevos tiempos en donde la acción coordinada y solidaria es la única ventaja para persistir y proteger aquello que nos sustenta.
    Agradecemos compartir esta informacion con la mayor cantidad de vecinos posible..
    saludos
    Andrés Durán

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